¿Qué pasa con la hipoteca después de un divorcio?

La vivienda familiar suele ser una de las cuestiones que más dudas genera en un divorcio. Quién vive en ella, quién es propietario y quién sigue obligado frente al banco son cuestiones diferentes. Y hay una idea que conviene tener clara desde el principio: divorciarse no te saca automáticamente de la hipoteca.

Llaves de una vivienda sobre una mesa durante la revisión de documentación

En resumen

  • El divorcio no modifica por sí solo el préstamo hipotecario.
  • El uso de la vivienda, su propiedad y la deuda con el banco son cuestiones distintas.
  • Un acuerdo entre los excónyuges puede establecer quién pagará las cuotas, pero no libera automáticamente al otro frente a la entidad.
  • Para sustituir o liberar a un deudor es necesario el consentimiento del banco.
  • Si uno quiere quedarse con la vivienda y también con la hipoteca, conviene coordinar la adjudicación del inmueble con la modificación del préstamo.

Propiedad, uso de la vivienda e hipoteca: tres cosas diferentes

Cuando una pareja se divorcia es habitual hablar de «quién se queda con la casa». Sin embargo, esa expresión puede referirse a situaciones jurídicas muy distintas.

Una persona puede tener atribuido el uso de la vivienda familiar sin ser su único propietario. También puede ocurrir que uno de los excónyuges se adjudique la propiedad completa del inmueble y, aun así, ambos continúen figurando como prestatarios frente al banco.

CuestiónQué significa
Uso de la viviendaDetermina quién puede utilizar la vivienda familiar en las condiciones fijadas por el acuerdo o la resolución correspondiente.
PropiedadIndica quién es titular del inmueble y en qué proporción.
HipotecaRegula la relación con la entidad financiera y quién figura como deudor en el préstamo.
Idea clave

Quedarte viviendo en la casa, adjudicarte la propiedad y quedarte como único deudor de la hipoteca no son automáticamente la misma cosa.

Si los dos firmamos la hipoteca, ¿quién tiene que seguir pagándola?

Desde la perspectiva del banco hay que revisar quién figura como prestatario y qué obligaciones asumió cada persona en el contrato.

Si ambos cónyuges contrataron el préstamo, el divorcio no elimina por sí solo a ninguno de ellos de la relación con la entidad financiera. Mientras el contrato no se modifique, quienes continúen figurando como deudores seguirán vinculados en los términos pactados.

Por eso, aunque entre los excónyuges exista un acuerdo sobre quién pagará las cuotas a partir del divorcio, conviene diferenciar ese reparto interno de la responsabilidad que siga existiendo frente al banco.

¿Y si el convenio regulador dice que uno pagará toda la hipoteca?

Los excónyuges pueden acordar que, a partir del divorcio, uno de ellos asuma el pago de todas las cuotas.

Ese pacto puede ser muy importante para ordenar las relaciones económicas entre ambos, pero no obliga automáticamente al banco a liberar al otro prestatario.

La sustitución de un deudor requiere el consentimiento del acreedor. En una hipoteca, ese acreedor es la entidad financiera.

Ejemplo sencillo

Si Marta y Carlos firmaron juntos la hipoteca y acuerdan que, tras el divorcio, Marta pagará todas las cuotas, Carlos no desaparece automáticamente del préstamo. Para que deje de estar obligado frente al banco será necesario que la entidad acepte la modificación correspondiente.

¿Puede uno quedarse con la casa y también con la hipoteca?

Sí, es una posibilidad frecuente, pero normalmente hay que resolver dos cuestiones diferentes.

1. La titularidad de la vivienda

Debe determinarse cómo se adjudicará el inmueble. La forma de hacerlo dependerá de cómo se adquirió la vivienda, de la titularidad existente y del régimen económico matrimonial.

2. La titularidad del préstamo

Si ambos figuran como prestatarios y se pretende que solo uno continúe como deudor, habrá que plantear a la entidad una modificación del préstamo, habitualmente mediante una novación.

El banco estudiará la operación y podrá valorar la solvencia de la persona que pretende asumir en solitario la deuda.

¿El banco está obligado a sacar a uno de los titulares?

No. La entidad no está obligada a aceptar que uno de los prestatarios desaparezca del préstamo.

El préstamo se concedió inicialmente teniendo en cuenta unas determinadas condiciones económicas y unas garantías concretas. Si después se pretende que únicamente una persona responda de la deuda, el banco puede volver a analizar la operación.

Dependiendo del caso, puede aceptar la modificación, pedir garantías adicionales, plantear otras condiciones o rechazarla si considera que la capacidad de pago del prestatario restante no es suficiente.

Importante

Antes de dar por hecho en el convenio que uno de los dos quedará completamente desligado de la hipoteca, conviene conocer si el banco acepta realmente ese cambio.

Una resolución de 2026 vuelve a destacar la importancia del consentimiento del banco

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública analizó en mayo de 2026 un supuesto relacionado con un divorcio, la adjudicación de una vivienda y la asunción de un préstamo hipotecario.

La cuestión vuelve a poner de manifiesto algo esencial: la adjudicación del inmueble y la liberación de uno de los deudores frente al banco son operaciones diferentes. Cuando se pretende modificar quién responde de la deuda, resulta determinante la aceptación de la entidad acreedora.

Por tanto, aunque el convenio regulador organice las obligaciones entre los excónyuges, por sí solo no puede imponer al banco un cambio en las personas obligadas por el préstamo.

¿Qué ocurre si uno se queda viviendo en la vivienda familiar?

Tener atribuido el uso de la vivienda familiar no significa necesariamente ser su propietario ni asumir automáticamente toda la hipoteca.

Especialmente cuando existen hijos, el uso de la vivienda puede quedar atribuido conforme a las circunstancias familiares y a las reglas aplicables en cada caso. Esa decisión, sin embargo, no modifica por sí misma ni la propiedad ni el contrato de préstamo.

Por eso puede darse perfectamente una situación en la que:

  • uno de los excónyuges utilice la vivienda;
  • la propiedad continúe perteneciendo a ambos;
  • y los dos sigan figurando en el préstamo hipotecario.

¿La hipoteca es una carga del matrimonio?

No debe confundirse la cuota del préstamo hipotecario con otras cargas familiares.

El Tribunal Supremo ha señalado, en relación con una vivienda ganancial adquirida mediante préstamo hipotecario contratado por ambos cónyuges, que las cuotas del préstamo responden a una deuda vinculada a la adquisición del bien y no simplemente a una carga del matrimonio.

Esto significa que tampoco sería correcto afirmar, como regla general, que después del divorcio «la hipoteca la paga quien se queda viviendo en la casa» o que «la paga quien más gana».

Hay que estudiar la titularidad de la vivienda, quién contrató el préstamo, el régimen económico matrimonial y las circunstancias concretas del caso.

Documentación y contratos sobre una mesa durante una revisión jurídica
Antes de firmar un acuerdo conviene revisar por separado la propiedad de la vivienda, su uso y las obligaciones frente al banco.

¿Qué ocurre si existe custodia compartida?

La atribución del uso de la vivienda puede ser especialmente relevante cuando existe custodia compartida.

La jurisprudencia ha insistido en que no existe una solución automática para todos los casos. Deben valorarse las necesidades de los hijos, las circunstancias de ambos progenitores, la titularidad de la vivienda y sus respectivas posibilidades económicas.

En 2026 el Tribunal Supremo volvió a analizar un supuesto de custodia compartida y vivienda familiar, valorando, entre otros elementos, la situación económica de los progenitores y las cargas que debían afrontar.

¿Y si la vivienda era de uno antes del matrimonio?

En ese caso tampoco debe aplicarse una respuesta automática.

Para saber qué derechos puede tener cada persona es necesario revisar cuestiones como:

  • cuándo se compró la vivienda;
  • quién figura como propietario;
  • cuándo se contrató el préstamo;
  • quién ha pagado las cuotas;
  • el régimen económico matrimonial;
  • y el origen del dinero empleado en los pagos.

Especialmente cuando una vivienda se adquirió antes del matrimonio y posteriormente se abonaron cuotas con fondos comunes, la situación patrimonial puede ser más compleja de lo que parece a primera vista.

¿Qué alternativas existen si ninguno quiere o puede quedarse con la vivienda?

No todos los divorcios terminan con uno de los excónyuges conservando la casa. Dependiendo de la situación, pueden estudiarse diferentes alternativas.

Vender la vivienda

Puede venderse el inmueble, cancelar el capital pendiente del préstamo con el precio obtenido y repartir después el importe restante conforme corresponda.

Que uno se adjudique la vivienda

Uno puede quedarse con el inmueble y compensar económicamente al otro, tratando al mismo tiempo de conseguir que el banco acepte que pase a ser el único prestatario.

Mantener temporalmente la copropiedad

También es posible que ambos sigan siendo propietarios durante un tiempo. En ese caso conviene dejar especialmente bien regulados los pagos, los gastos y el destino futuro del inmueble para reducir posibles conflictos.

¿Qué ocurre si dejamos la hipoteca a nombre de los dos?

Es posible que después del divorcio ambos continúen figurando en el préstamo aunque únicamente uno utilice la vivienda o incluso aunque la propiedad se haya reorganizado entre ellos.

Pero mantener la hipoteca a nombre de los dos tiene consecuencias. Si el préstamo no se modifica, la entidad conserva frente a los prestatarios las facultades previstas en el contrato.

Cuidado con esta idea

«Como mi expareja se ha quedado con la casa, la hipoteca ya no es asunto mío». Si sigues figurando como prestatario, puedes continuar vinculado frente al banco.

Cinco preguntas que conviene responder antes de firmar el convenio

  1. ¿Quién es propietario de la vivienda? No siempre coincide con quienes figuran en la hipoteca.
  2. ¿Quién aparece como prestatario frente al banco? Este dato es fundamental para conocer quién continúa obligado.
  3. ¿Quién utilizará la vivienda después del divorcio? El derecho de uso debe diferenciarse de la propiedad.
  4. ¿Quién pagará las cuotas entre los excónyuges? Conviene que el acuerdo quede correctamente regulado.
  5. ¿El banco acepta liberar a alguno de los prestatarios? Esta cuestión es decisiva si se pretende que solo uno continúe con la hipoteca.

Qué documentación conviene revisar

  • Escritura de compraventa de la vivienda.
  • Nota simple o información registral actualizada.
  • Escritura y contrato del préstamo hipotecario.
  • Capital pendiente y condiciones actuales de la financiación.
  • Documentación relativa al régimen económico matrimonial.
  • Posibles acuerdos previos entre los cónyuges.
  • Información económica necesaria para valorar si uno puede asumir el préstamo en solitario.

Entonces, ¿qué pasa con la hipoteca después de un divorcio?

No existe una única respuesta válida para todas las parejas.

La solución dependerá de la propiedad de la vivienda, del régimen económico matrimonial, de quién contrató el préstamo, del uso que vaya a darse al inmueble, de los acuerdos alcanzados y, cuando se quiera modificar quién figura como deudor, de la decisión de la entidad financiera.

La idea más importante es no confundir:

  • quedarse con la vivienda;
  • quedarse viviendo en la vivienda;
  • y quedarse como único titular de la hipoteca.

Son tres cuestiones diferentes y conviene analizarlas antes de firmar un convenio que pueda dejar algún aspecto sin resolver.

Contenido actualizado

Artículo revisado con normativa, doctrina y criterios disponibles hasta septiembre de 2026. En materia de familia, propiedad e hipotecas, cada caso puede presentar particularidades que hacen necesario un análisis individual.

Preguntas frecuentes

¿El divorcio me elimina automáticamente de la hipoteca?

No. Si continúas figurando como prestatario, el divorcio por sí solo no modifica el contrato con la entidad financiera.

¿Si el convenio dice que mi expareja pagará la hipoteca yo ya no respondo ante el banco?

No necesariamente. El acuerdo puede regular la relación entre los excónyuges, pero para liberar a un prestatario frente al banco es necesario que la entidad acepte la modificación.

¿Puede el banco negarse a sacar a uno de los titulares?

Sí. La entidad puede analizar la solvencia de quien pretende asumir en solitario el préstamo y decidir si acepta o no la operación.

¿Quien se queda viviendo en la casa tiene que pagar toda la hipoteca?

No existe esa regla general. El uso de la vivienda y las obligaciones derivadas del préstamo son cuestiones distintas y deben analizarse según la situación concreta.

¿Puede uno quedarse con la vivienda y el otro seguir apareciendo en la hipoteca?

Sí. La adjudicación de la propiedad no modifica automáticamente el préstamo. Si el banco no acepta liberar al otro prestatario, este puede seguir vinculado al contrato.

¿Qué puedo hacer si ninguno puede asumir la hipoteca en solitario?

Dependiendo del caso pueden valorarse alternativas como vender la vivienda, mantener temporalmente la copropiedad o estudiar otras soluciones económicas y patrimoniales.

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