Si el acuerdo extrajudicial de pagos fracasa, existe la posibilidad de poder excluir la vivienda de la liquidación siempre que sea vivienda habitual, que la vivienda esté hipotecada y se esté al corriente de las cuotas mensuales y cuando el valor de mercado sea similar o inferior al capital que quede pendiente del préstamo hipotecario.
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